23 ANEXO Reporte Sustentabilidad 2020 | 2021 Las contribuciones obligatorias por el empleador son: • Obra Social: el 6% del sueldo bruto de cada colaborador. • CASFEC: Caja Argentina de Subsidios Familiares de Empleados de Comer- cio. El 55% del sueldo bruto. • FNE: Fondo Nacional de Empleo. El 1,10% del sueldo bruto. • Régimen Jubilatorio: El 12,71% del sueldo bruto. • INSSJP: El 1,62% del sueldo bruto. • ART: 1,25% del sueldo bruto. • Seguro de vida: $0,6 fijo por colaborador. Políticas de conciliación y cuidado Permiso parental Política remunerativa y beneficios Desde el año 2015 aplicamos nuestra Matriz Salarial , “Unidades de Medida SanCor Salud”, que categoriza a cada colaborador según la tarea realizada. De este modo gestionamos un sistema de remuneración considerando crite- rios precisos y objetivos, vinculados al puesto ocupado y al desempeño de- mostrado. La escala salarial posibilita ordenar, ajustar y actualizar los valores de las remuneraciones, así como definir un Plan de Carrera/Desarrollo para cada colaborador, generando así un reordenamiento salarial de acuerdo a criterios de equidad interna y externa. Su implementación permite sostener una proporcionalidad entre los diferentes sueldos brutos y el valor de la UMS asignada a cada colaborador, situación que se mantiene y es equitativa ante futuros incrementos salariales otorgados por el CCT 496/07 de UTEDYC, que se aplican sobre todos los colaboradores. Los aportes obligatorios realizados por el colaborador, de acuerdo con lo esta- blecido por la legislación son: • Aporte Jubilatorio: El 11% del sueldo bruto mensual del colaborador está dirigido a la Caja de Jubilación de la Nación. • Aporte INSSJP Ley 19.032: El 3% del sueldo bruto mensual para el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI). • Aporte Obra Social: El 3% del sueldo bruto mensual para la Obra Social a la cual el colaborador está adherido. • Contribución solidaria: El 2% del sueldo bruto para el gremio UTEDYC que se abona por el uso del CCT. • Cuota sindical: El 2,5% del sueldo bruto para el gremio UTEDYC. Solamente aquellos afiliados a dicho gremio. • Fondo de Reparación Social: El 1ª del sueldo bruto. Solamente los colabora- dores de Santiago del Estero.